lunes, 28 de octubre de 2013

Ley de Delitos Informàticos


El proyecto de Ley de Represión de la Cibercriminalidad nace en respuesta a la imposibilidad de los jueces de imponer sanciones más drásticas a delitos como fraude informático, suplantación de identidad o pornografía infantil usando las tecnologías de la información y comunicación (TIC). Este nuevo régimen propone ocho nuevos delitos con hasta diez años de cárcel.
Pero este proyecto, que ahora solo necesita la firma del presidente para tener vigencia, no es el mismo que se planteó en agosto. De hecho, incluso esa propuesta tenía deficiencias, como excluir la identidad de los titulares de telefonía móvil del secreto de las comunicaciones, algo que ya ha sido superado. El otro problema con esta autógrafa de ley es que fue aprobada en el Congreso tras solo cinco horas de haber cambiado prácticamente el 50% de su contenido.
“Teniendo en cuenta que el proyecto venía recibiendo tanta polémica, lo correcto es que si el Congreso iba a cambiar gran parte de su texto, hubiese dejado algunos días para que el resto de las personas se informe. Lo han aprobado de forma tan rápida que incluso terminan derogando una ley que ya está derogada”, explicó Miguel Morachimo, director de la ONG Hiperderecho.
El otro punto es la redacción demasiado amplia de algunos artículos. El artículo 6, de tráfico ilegal de datos, es un ejemplo. “Con la finalidad de penalizar la venta de bases de datos personales, se pone que ‘cualquiera que tenga una base de datos, ya sea que las venda o no, que le cause un perjuicio o no a la persona’, está cometiendo un delito y puede ir preso 6 años. Así de amplio es el asunto”, detalló.
Afectaría negocios
En el derecho penal, la necesidad de especificar qué conducta se convierte en delito está en que todo tiene que ser “tipificado”. “No te pueden incriminar de un delito si es que la conducta que has realizado no está específicamente descrita en la ley”, dijo Morachimo. Si bien nuestro Código Penal ya no se da abasto para penar los actuales delitos informáticos, enfatizó en el cuidado que debe tener su redacción.
“De repente esta nueva norma no afecte a nadie que tenga una base de datos en su casa, pero sí va a afectar, por ejemplo, al próximo emprendedor que quiera poner una empresa de marketing por contactos. Al momento de establecer un perfil de inversión para levantar capital, va a tener que hacer transparente el hecho de que su objeto de negocio es potencialmente ilegal en Perú”, advirtió el especialista.
La parte asociada a la discriminación, que ya es un delito en el Perú, sería otro problema. “El proyecto plantea que también sea un delito cuando, a través de las TIC, discriminas a alguien. Es difícil imaginar cómo puede uno discriminar a alguien por Internet, salvo que sea a través de un comentario, un video”. Penar a alguien por dar opinión al igual que si se usa violencia por discriminación es una grave amenaza a la libertad de expresión, aseguró Morachimo.
No preocupa
Finalmente, el abogado indicó que este proyecto tiene que leerse “en el marco del Código Penal”. Bajo esa lectura, no hay “delitos informáticos por accidente”, así que si uno borra un archivo de su computadora por casualidad, no tendría que ir a la cárcel. En el caso de contratar servicios de hacking o si se hace investigación al respecto, “el código penal también señala que si hay aceptación por parte de la víctima […] no hay delito”.
Puede descargar el proyecto de Ley de Represión de la Cibercriminalidad en este enlace
Fuente Gestion

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